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ANÁLISIS DE LA LEY 2/2009 DE REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA: VIEJOS REMEDIOS PARA NUEVAS REALIDADES

Presentación del informe de la Federación de Asociaciones de SOS RACISMO en el Estado Español, sobre la Reforma de la Ley de Extranjería. Resumen de prensa en el 10º aniversario de los sucesos racistas de El Ejido.

Este sábado 6 de febrero se cumplen diez años de los más graves hechos racistas de Europa de la segunda mitad del siglo XX, en el Ejido. Ese mismo día en el 2000, en el Mercado de Santa María del Águila, una pedanía de El Ejido, un joven marroquí de 22 años con trastornos mentales apuñaló a una mujer, causándole la muerte en el acto; arrancaba así una ola de violencia contra la población de origen extranjero que dio la vuelta al mundo. Esta explosión de racismo social no surgió de la nada sino que fue fruto de una política local fundamentada en una política de segregación hacia la población inmigrante, la mayoría de origen marroquí, a la que solo se admitía como mano de obra barata pero no como vecinos y vecinas. El todavía alcalde de este municipio Juan Enciso se hizo tristemente famoso con frases como “A las ocho de la mañana todos los inmigrantes son pocos. A las ocho de la noche, sobran todos.” Este racismo institucional perpetrado desde la política local se sumaba al ya consolidado a partir de la ley de extranjería que fomentaba la existencia de un colectivo de trabajadores sin papeles y sin derechos. De estos hechos que suponen las manifestaciones racistas más graves ocurridas en el estado español hasta la fecha nadie ha sido condenado. Apenas un mes antes entraba en vigor la ley 4/2000 que modificaba la antigua Ley de extranjería del año 1985. Los incidentes de El Ejido sirvieron al Partido Popular para proclamar en campaña electoral mano dura contra la inmigración y legitimó la reforma de la ley que realizó al llegar al gobierno.
Diez años después las condiciones de las personas que trabajan en los invernaderos continúan siendo precarias y la política en el levante almeriense poco ha cambiado. A pesar de ello en estos diez años han sido muchas las iniciativas locales que han contarrestado las consecuencias de una nefasta política de extranjería, pero desde hace unos meses asistimos a ver como algunos políticos resucitan fantasmas fabricando artificialmente debates y otros ayuntamientos directamente defienden los postulados xenófobos de partidos de extrema derecha y sus políticas discriminatorias correspondientes como es la restricción del empadronamiento de las personas inmigrantes. Este giro en la política local es un claro ejercicio de irresponsabilidad política con consecuencias imprevisibles.
El pasado 19 de diciembre de 2008, se aprobaba la Ley Orgánica 2/2009 de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de diciembre. La reforma de la actual Ley de Extranjería supera los motivos que justifican dicho cambio, (incorporar las sentencias del tribual Constitucional, incorporar Directivas europeas y adaptar la ley a la nueva “realidad migratoria”). Modificar más de 60 artículos de los 71 que contiene la Ley e introducir apartados y artículos que antes no existían hace que tengamos que hablar no de una reforma sino de una nueva ley de extranjería. Sin embargo es una ley nueva en la forma pero no en el contenido que continua siendo en esencia segregador y paradigma del racismo institucional.
Y sin embargo, la realidad migratoria en la que se promulga esta ley sí es diferente a la existente hace diez años. Hoy en día, al margen del sustancial aumento de la población inmigrante, es palpable la existencia de una población inmigrante asentada y que tiene un proyecto para vivir y trabajar aquí, tengan o no regularizada su situación administrativa. Más de un millón de personas extranjeras tienen un permiso permanente que les autoriza a residir prácticamente de forma indefinida y más de dos millones de extranjeros están en el régimen comunitario, a esto hemos de añadir las reagrupaciones familiares con sus hijos e hijas nacidos o no aquí que serán los ciudadanos del futuro. En definitiva, la reforma supone ofrecer viejos remedios para nuevas realidades:

  • Este panorama migratorio no se corresponde con la reforma de una ley que sigue insistiendo en el reforzamiento del control de la frontera, en la sanción a la inmigración irregular y que lejos de reforzar los mecanismos de integración para quienes ya están aquí, añade todavía más dificultades.
  • Por primera vez la materia de integración adquiere rango de ley de orgánica, aunque la misma queda reducida a un artículo que de manera genérica expresa una idea de integración más cercana al Pacto de Inmigración y Asilo que a los Principios Básicos Comunes. A la vez no deja de ser una incongruencia promover la integración desde una ley por definición discriminatoria.
  • En todo caso, la integración no puede llevarse a cabo sin el reconocimiento efectivo de derechos. Y en este punto el balance final es negativo. Exceptuando las correcciones que en materia de reconocimiento de derechos se introducen por las sentencias del Tribunal Constitucional, se aprecia un claro retroceso en el acceso a la vivienda, la reagrupación familiar o las prestaciones sociales.
  • El reconocimiento de derechos a determinados colectivos, (menores, mujeres víctimas de violencia de género y mujeres víctimas de trata) ofrece un balance igualmente contradictorio, con algunos avances pero también con retrocesos, en especial en lo relativo a menores por lo que en la práctica no solucionará ninguna de las problemáticas que acompañan a estos colectivos.
  • Sobre los diferentes tipos de permiso y la manera de obtenerlos, esta nueva ley crea nuevas autorizaciones e incluye a las Comunidades Autónomas en la concesión de permisos iniciales. Con todo ello el sistema de permisos es más complejo y sobre todo se amplía la distancia entre un grupo de inmigrantes “escogidos”, (trabajadores altamente cualificados, investigadores, etc) frente a otro grupo de inmigrantes “no deseados”, (irregulares, extranjeros que no superen el “esfuerzo de integración”, etc).
  • La migración ordenada sigue siendo el sistema ideado para venir a trabajar. Sin embargo, la realidad nos habla de una migración desordenada que obedece a causas globales. Admitir esta realidad supone admitir que la ley deviene en un instrumento inservible para regular los flujos y los mecanismos legales de control y contratación se convierten en ficciones jurídicas totalmente superadas por la realidad. Se mantiene la ceguera ante la irregularidad administrativa que la misma ley provoca.
  • Esta ley tiene el triste privilegio de ser la primera ley de extranjería de la Unión Europea en trasponer la Directiva 2008/115 de retorno, más conocida como Directiva de la vergüenza. Además la introducción de nuevas infracciones que suponen una auténtica invasión del derecho de extranjería en ámbitos del derecho civil y administrativo, (el matrimonio, el empadronamiento, etc) provocan situaciones de discriminación respecto a las personas de nacionalidad española, pero además produce otro efecto: relativizar cada vez más la condición de extranjero en la aplicación del apartado sancionador de la ley ya que la nuevas sanciones nos afectan en gran medida a todas y todos.

Por todo esto, desde SOS Racismo exigimos un modelo de política migratoria acorde con la heterogeneidad de la inmigración y respetuoso con los Derechos Humanos. El modelo basado en la ley de Extranjería además de provocar exclusión, racismo y explotación laboral ya ha demostrado no responder a las necesidades de un mundo cada vez más globalizado, ni a los cambios sociales que la inmigración, entre otros hechos, ha suscitado. Ya basta de viejos remedios para nuevas realidades.
Documento de análisis íntegro en versión para descargar: “Viejos remedios para nuevas realidades”
5 de febrero del 2010
Federación de Asociaciones de SOS Racismo del Estado Español

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