En la pràctica del Servei d’Atenció i Denúncia (SAiD), on exercim l’acusació particular davant de casos de racisme, comprovem que no es reconeixen com a delictes d’odi situacions que nosaltres sí que identifiquem com a tals. El motiu principal per a no seguir un procés de denúncia és la manca de confiança en el sistema: pensen que no servirà per a res i tenen por. Ens preocupa la invisibilització i normalització del racisme institucional. A continuació publiquem un article Lorena Antón Garcia, advocada del SAiD, un article que forma part de l’informe 2019: InVisibles. L’estat del racisme a Catalunya, sobre la invisibilització del racisme en el sistema judicial.
Con frecuencia los delitos en los que la víctima tiene (o se le atribuye) la condición de inmigrante se encuentran con ciertas trabas a la hora de ser investigados. Si además añadimos una posible motivación racista, la dificultad a la hora de acumular prueba que sea aceptada por los juzgados aumenta de forma considerable, llegando a ser prácticamente imposible conseguir una sentencia condenatoria cuando la persona denunciada es un policía.
Entendemos que esto se debe, entre otras cuestiones, a que no existe entre los operadores jurídicos una perspectiva étnico-racial (ni de género ni de clase) que les permita identificar el racismo. Así, existe un sesgo (racista) que condiciona los procedimientos judiciales en varios sentidos: no dan credibilidad a los relatos de las víctimas inmigrantes, se niegan a practicar diligencias de investigación, no permiten construir prueba válida para demostrar el racismo y dictan autos de archivo o sentencias absolutorias en la mayoría de los procedimientos. A partir de aquí se constata una invisibilización del racismo denunciado que da lugar a una victimización secundaria, causada precisamente por este sesgo racista institucional.
En general, en las denuncias interpuestas desde SOS Racisme siempre está presente la falta de credibilidad que los operadores jurídicos otorgan a las personas inmigrantes. Esta falta de credibilidad es la que define la instrucción del procedimiento, e incluso su archivo antes de llegar ni si quiera a celebrarse el juicio. Nos enfrentamos a dificultades continuas para que desde el sistema judicial se investiguen los delitos denunciados, ya que existe cierta reticencia a practicar las diligencias que proponemos, a pesar de que en ocasiones son determinantes para demostrar los hechos o el móvil racista (declaraciones de testigos periféricos o incluso presenciales, práctica de ruedas de reconocimiento o de periciales, entre otras). Especialmente cuando no existe una razón aparente para la comisión del delito –porque el motivo es precisamente el racismo- los jueces tienden a no creer la versión de la víctima inmigrante.
Esta falta de credibilidad se percibe ya desde su primera declaración, en la que las preguntas van dirigidas a determinar su implicación (y responsabilidad) en los hechos, a exigir que expliquen el móvil del denunciado (como si la víctima tuviera que saberlo) o a cuestionar los beneficios que la denuncia pueda tener en su situación administrativa, entre otras cuestiones.
La desgana que percibimos a la hora de practicar diligencias encaminadas a esclarecer los hechos o a probar el racismo tiene al menos dos consecuencias procesales:
- Que se archive el procedimiento por falta de indicios de criminalidad o de autor conocido: tiene lugar especialmente cuando la persona denunciada es un policía, o en casos en los que hay varios denunciados (por ejemplo, cuando se trata de una problemática entre vecinos). En estos casos, es posible que los jueces, desde una óptica pragmática, otorguen mayor veracidad al relato policial, y quizás consideran demasiado complejo investigar delitos en los que la persona victimizada no dispone de testigos, mientras la otra parte sí (lo que ocurre en casos en los que el denunciado es un policía o se denuncia un acoso por parte de vecinos).
- Que se dicte una sentencia absolutoria: en los que conseguimos llegar a juicio, no es extraño que nos encontremos con dificultades a la hora de probar los hechos, y particularmente la motivación racista, debido a que en la fase de investigación se nos deniegan las diligencias necesarias para ello. Incluso en escenarios en los que el juez sentenciador da credibilidad al testimonio de las víctimas, muestran reticencias en lo que respecta a la motivación racista, salvo que ésta sea muy (muy) evidente. Es decir, se creen la versión respecto de los hechos (cuando va acompañada de testimonios, partes médicos, imágenes, etc.), pero no el componente racista.
Es importante mencionar el rol que juega la barrera idiomática: por un lado, sirve para que los jueces refuercen y justifiquen su sesgo racista, ya que su forma de expresarse puede ser interpretada como un indicio para valorar el contenido de su relato (como muestra de que miente, de que es agresiva, de que se altera con facilidad, etc.); y por otro lado, dificulta la garantía de la tutela judicial efectiva y de los derechos de las víctimas, ya que tienen más dificultades para comprender la totalidad del procedimiento, lo que obstaculiza que puedan aportar (y recibir) toda la información necesaria.
Por último, y como ya se ha mencionado, las trabas aumentan cuando la persona denunciada es un policía. La dificultad de denunciar a un agente de la autoridad aumenta si los jueces no garantizan la tutela judicial efectiva de las víctimas (que además en estos casos debería de ser reforzada), lo que ocurre de forma recurrente debido el sesgo racista anteriormente mencionado. Esto se refleja en que el testimonio de la víctima es menos creíble y más cuestionado, mientras que los jueces tienden a considerar veraces las declaraciones de los agentes. En estos casos los jueces muestran mayor desidia a la hora de practicar diligencias –puesto que dan por hecho que los hechos denunciados no son verdad- y las posibilidades de que el procedimiento finalice con un archivo de la causa antes de llegar a juicio aumentan. Es frecuente que los jueces argumenten que no existen indicios de criminalidad (lógico, si no practican las diligencias solicitadas), incluso cuando disponemos de pruebas suficientes para continuar el procedimiento (testigos ajenos a la víctima, relatos persistentes en el tiempo, partes médicos, imágenes, etc.). Esta falta de reconocimiento del racismo por parte de los jueces da lugar a una instrucción débil que provoca no solo que las víctimas inmigrantes sufran más trabas a la hora de ver prosperar sus denuncias, sino una victimización secundaria y un trato diferencial que les impide ejercer sus derechos con totales garantías. En este sentido, sería necesaria una voluntad política real encaminada a visibilizar y reconocer el racismo, y una sensibilización de los operadores jurídicos que les permita identificar estas situaciones y actuar en consecuencia.