- Zeshan Muhammad, que lleva 5 años buscando justícia, sigue adelante con el litigio estratégico con el apoyo de SOS Racisme Catalunya y Open Society Justice Initiative para poner fin a esta práctica policial discriminatoria.
- La abogacía del Estado defiende ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos las identificaciones policiales basadas en el perfil étnico, apoyando el argumentario del Tribunal Constitucional que en el 2001 sentenció que es legal que la policía pare a personas no blancas porque las personas de nacionalidad española sí lo son.
[NOTA DE PREMSA EN CAST]
Hoy, martes 18 de septiembre del 2018, se han presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo (TEDH) las alegaciones de Zeshan Muhammad a la respuesta del Estado español a su demanda por discriminación y por no tomar medidas efectivas contra las identificaciones policiales por perfil étnico.
Zeshan Muhammad inició un litigio estratégico contra el Estado español hace 5 años, después de ser parado por un agente de la Policía Nacional en Barcelona el 29 de mayo de 2013. El policía admitió que no hubiera parado una persona blanca y afirmó que lo hacía “¡porque eres negro, y punto!”. Con el apoyo de SOS Racisme Catalunya y Open Society Justice Initiative, Zeshan ha llevado la demanda hasta el TEDH después de ser inadmitido por los tribunales españoles.
El TEDH admitió a trámite la demanda de Zeshan el pasado mes de enero, obligando al Estado español a pronunciarse sobre esta práctica policial basada en el color de piel de las personas. La respuesta de la Abogacía del Estado del Área de Derechos Humanos ha defendido esta práctica policial siguiendo la línea marcada por el Tribunal Constitucional que en el 2001 se enfrentó a una demanda similar presentada por Rosalind Williams. El Constitucional sentenció, entonces, que era legítimo y legal identificar a personas que no presentan las características físicas de la mayoría de la población, es decir, no blancas, pues “lo normal es que las personas de nacionalidad española sean blancas”.
En 2009, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, al que se dirigió Rosalind Williams, desautorizó al Tribunal Constitucional y consideró que la práctica policial de identificar a personas por sus características étnicas es ilegal y discriminatoria, e instó al gobierno español a erradicarla. Sin embargo, 9 años después, el Estado español:
- Niega que esta práctica policial discriminatoria exista. Ello a pesar de los múltiples y continuos informes tanto de la Defensoría del Pueblo español como de organismos de derechos humanos europeos y de la ONU que constatan que miles de personas sufren esta práctica policial discriminatoria cada año.
- En su argumentación de respuesta a la demana de Zeshan, la Abogacía del Estado identifica la población española e incluso la europea como blanca no racializada, ignorando la diversidad cultural, de orígen y étnica existente en la población europea.
- Argumenta que en España el sistema legal protege contra la discriminación racial. De nuevo, la ONU y organismos europeos de derechos humanos han identificado explícitamente la sentencia del Tribunal Constitucional, y la Ley Seguridad Ciudadana como factores que causan esta discriminación racista. Estos organismos también resaltan la falta de mecanismos independientes que revisen la actuación policial, y señalan que las quejas contra la policía son frecuentemente ignoradas por lso tribunales españoles, como ha ocurrido en el caso de Zeshan.
- El Estado español desprecia, así, el sufrimiento y profundo impacto negativo que esta práctica discriminatoria en quien la sufre y en su comunidad, lo que ha sido también resaltado por organismos de derechos humanos.
“La respuesta del Estado español deja claras las raíces de las prácticas racistas que vemos que se dan a diario en nuestra sociedad. Unas discriminaciones que surgen de un racismo arraigado en las estructuras del estado y que determina el día a día de muchas personas en nuestra sociedad” expresa Alba Cuevas, directora de SOS Racisme Catalunya.
El empeño de Zeshan Muhammad en llevar adelante este litigio estratégico no es sólo para que se reconozca la violación de sus derechos y obtener reparación, sino también para poner fin a esta práctica policial discriminatoria que sufre una parte de la población: todas aquellas personas no blancas. “No podemos permitir una sociedad que discrimina así a su población. Sería una sociedad en continuo conficto y con un unos ciudadanos sin apego al país donde viven, porque se les señala continuamente como extranjeros”, explica Zeshan.
Las asociaciones que como SOS Racisme Catalunya trabajan para erradicar esta práctica, denuncian el impacto que el perfil étnico tiene sobre las personas. Secuelas a nivel personal, tal y como se puede observar en los testimonios recogidos por la campaña “Parad de pararme. La apariencia no es motivo”, así como a nivel colectivo, pues las identificaciones policiales fomentan la criminalización y los estereotipos negativos hacia los colectivos racializados afectados.
“Es muy preocupante que el Estado español, con el Tribunal Constitucional a la cabeza, defienda prácticas policiales racistas y desprecie el sufrimiento de miles de personas que cada día son señaladas y criminalizadas en la calle simplemente por el color de su piel. Esto resulta intolerable en un país que se considere democrático.” explica Mercedes Melón, una de las abogadas de Open Society Justice Initiative que representa a Zeshan ante el TEDH.
Las peticiones que Zeshan Muhammad hace en su demanda són:
- Una disculpa pública por parte del Estado a Zeshan, que se consideraría un acto público de reconocimiento a todas las personas que han sufrido y sufren el perfil étnico.
- Que el TEDH indique al Estado un cambio de la Ley que introduzca el principio de sospecha razonable para hacer una identificación policial (con lo que el color de la piel o los rasgos culturales o religiosos no serían un motivo suficiente)
- La introducción de formularios por parte de la policía (como ya se hace en Fuenlabrada con resultados positivos)
- Habilitar mecanismos idependientes contra la discriminación racista.
El noviembre de 2016, el Tribunal Constitucional (TC) inadmitió a trámite el caso de Zeshan Muhammad por considerarlo “no relevante”, a pesar de que en el recurso se alegaba que las identificaciones por perfil étnico violan la Constitución española y normas internacionales vinculantes para España y afecta a miles de personas en el país.
Esta decisión del TC y la última defensa del Estado, es más cercana a la retórica racista que se da en algunos países de Europa que a las resoluciones judiciales de otros países europeos que protegen los derechos de las personas.
Por otro lado, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI), el Comité para la Eliminación de a Discriminación Racial de la ONU (CERD), el Relator especial de la ONU sobre racismo, el Comité de Ministros del Consejo de Europa, el Grupo de Trabajo de la ONU para las personas de ascendencia africana, y la misma Defensora del Pueblo española han constatado la práctica sistemática del perfil étnico en el Estado español, considerándola contraria a los derechos fundamentales de las personas e instando, por lo tanto, a su erradicación.
Las asociaciones que dan apoyo legal a Zeshan Muhammad en su denuncia ven el el TEDH una esperanza para erradicar esta práctica policial tan extendida, que discrimina y criminaliza a sus víctimas. En paralelo, la campaña “Parad de pararme” impulsada por SOS Racisme Catalunya junto con una plataforma de entidades y con el apoyo de Open Society Foundations, pretende conseguir compromisos políticos claros que transformen el escenario actual a través de la voz de las personas que sufren perfil étnico.
Más información y documentos:
- Alegaciones de Zeshan Muhammad a la respuesta del Estado español (English pdf)
- Respuesta del Estado español a la demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Castellano. Pdf)
- Comunicació de l’admissió a tràmit del cas (en anglès)
- Text de la demanda: Zeshan Muhammad contra Espanya. TEDH. 2017 (pdf. 30 pàgs)
- Sentència del Tribunal Constitucional 7/11/2016 (pdf)
- El cas d’en Zeshan explicat en video
- El cas d’en Zeshan explicat en vinyetes (jpg)
- Web de la campanya “PareudeParar-me”
- Acte inagural de la campanya Pareu de Parar-me a Madrid (video, 23/11/2017)